Cesión de contrato
Este acuerdo se celebra el 7 de noviembre de 2026 entre:
- Brightwater Cleaning Ltd, con domicilio en 40 Station Road, Dublin D04 X2Y5, Ireland («el Cedente»);
- CleanCore Services Ltd, con domicilio en 12 Harbour View, Cork T12 AB34, Ireland («el Cesionario»); y
- Greenfield Properties Ltd, con domicilio en 8 Park Lane, Dublin D02 AB12, Ireland («la Otra Parte»).
1. Antecedentes
1.1 El Cedente y la Otra Parte celebraron un contrato denominado «Contrato de prestación de servicios de limpieza» con fecha 3 de mayo de 2025 («el Contrato»), que tiene por objeto la limpieza de las oficinas de 8 Park Lane, Dublín, 5 días a la semana, por un importe de EUR 3,200 al mes, durante un plazo que finaliza el 2 de mayo de 2028.
1.2 El Contrato ha sido modificado únicamente por lo siguiente:
una modificación de fecha 1 de marzo de 2026 que añadió la segunda planta a los trabajos
1.3 El Cedente desea ceder el Contrato al Cesionario, el Cesionario desea asumirlo y la Otra Parte consiente en ello. Este acuerdo establece las condiciones.
2. Cesión
2.1 Con efectos desde 1 de enero de 2027 («la Fecha de Entrada en Vigor»), el Cedente cede al Cesionario todos sus derechos, beneficios e intereses en virtud del Contrato, y el Cesionario los acepta.
2.2 Con efectos desde la Fecha de Entrada en Vigor, el Cesionario asume, y se compromete frente al Cedente y a la Otra Parte a cumplir y a quedar obligado por, todas las obligaciones y deberes del Cedente en virtud del Contrato, como si hubiera sido la parte original del mismo. El Cesionario es parte del Contrato desde la Fecha de Entrada en Vigor en lugar del Cedente, y toda referencia al Cedente en el Contrato se entenderá hecha al Cesionario.
2.3 Obligaciones del Cedente después de la cesión
2.4 Los derechos y deberes que surgieron antes de la Fecha de Entrada en Vigor, incluida cualquier reclamación por trabajos realizados, cualquier pago debido o cualquier incumplimiento de cualquiera de las partes, permanecen en la parte que los tenía, salvo lo dispuesto en este acuerdo, y el Cedente sigue siendo responsable de sus propios actos y omisiones anteriores a la Fecha de Entrada en Vigor.
3. Consentimiento de la Otra Parte
3.1 La Otra Parte consiente la cesión del Contrato al Cesionario conforme a la cláusula 2, y acepta que este consentimiento satisface cualquier requisito del Contrato o de la ley para su consentimiento a una cesión o transmisión del Contrato.
3.2 La Otra Parte confirma que, según su conocimiento, el Contrato está vigente y no ha sido modificado salvo lo indicado en la cláusula 1.2, que no tiene frente al Cedente ninguna reclamación derivada del mismo que no haya comunicado al Cesionario, que no conoce ningún incumplimiento ni mora de ninguna parte, y que no se ha notificado su finalización.
3.3 Desde la Fecha de Entrada en Vigor, la Otra Parte ejecutará el Contrato para el Cesionario, dirigirá todas las notificaciones, facturas y pagos que sean debidos en virtud del Contrato al Cesionario en la dirección indicada en este acuerdo, o a cualquier otra dirección que el Cesionario comunique, y considerará al Cesionario como su única contraparte.
4. Precio y pagos
4.1 Pago por la cesión
4.2 Precio: EUR 12,000, pagadero dentro de los 10 días siguientes a la fecha de eficacia.
4.3 El Cedente conserva los importes de los trabajos realizados hasta la fecha de eficacia, y el Cesionario asume los correspondientes al periodo posterior. El importe de diciembre de 2026 pagado por adelantado se acredita al Cesionario.
4.4 Cualquier suma que una parte reciba y que corresponda a otra en virtud de este acuerdo se mantendrá en custodia para esa otra parte y se le abonará en un plazo de 7 días. Las sumas no pagadas en plazo devengarán un interés del 4% anual por encima del tipo de interés de referencia del banco central del país de la moneda de pago.
4.5 Cada parte asumirá sus propios gastos derivados de este acuerdo. Cualquier impuesto, tasa o derecho de registro que la ley exija por la cesión será pagado por el Cesionario, salvo que las partes acuerden otra cosa por escrito.
5. Entrega
El Cedente entregará al Cesionario, en la Fecha de Entrada en Vigor o antes, toda la información, registros y documentos que posea sobre el Contrato, y en particular los siguientes: el Contrato firmado, las llaves y tarjetas de acceso, los registros de trabajo y los datos de contacto del personal de la Otra Parte. Prestará al Cesionario toda la ayuda razonable durante los primeros 30 días siguientes a la Fecha de Entrada en Vigor para que el Contrato se desarrolle sin contratiempos, y firmará cualquier documento adicional que sea necesario para completar la cesión.
6. Manifestaciones y garantías
6.1 El Cedente manifiesta y garantiza al Cesionario y a la Otra Parte que, en la fecha de este acuerdo:
- es el único titular de sus derechos en virtud del Contrato, y no los ha cedido, gravado ni prometido a ninguna otra persona;
- tiene derecho y capacidad para firmar y ejecutar este acuerdo, y no se requiere el consentimiento de nadie más aparte del de la Otra Parte, que se otorga en la cláusula 3;
- la copia del Contrato que ha facilitado al Cesionario es veraz y completa, e incluye todas las modificaciones;
- ha cumplido sus obligaciones en virtud del Contrato, no lo está incumpliendo, y no conoce ninguna reclamación, controversia ni hecho que otorgue derecho a resolverlo o a reclamar contra el Cedente; y
- todos los pagos exigibles del Cedente en virtud del Contrato hasta la Fecha de Entrada en Vigor han sido realizados.
6.2 El Cesionario manifiesta y garantiza al Cedente y a la Otra Parte que tiene derecho, poder, capacidad, licencias y recursos para firmar este acuerdo y ejecutar el Contrato, que no es insolvente, y que ha leído el Contrato y acepta sus términos.
6.3 La Otra Parte manifiesta y garantiza que tiene derecho y poder para prestar el consentimiento de la cláusula 3, y que las manifestaciones de la cláusula 3.2 son verdaderas.
7. Indemnización
7.1 El Cedente mantendrá indemne al Cesionario frente a pérdidas, costes y reclamaciones, incluidos los honorarios legales razonables, que deriven del incumplimiento del Contrato por el Cedente antes de la Fecha de Entrada en Vigor, de cualquier manifestación inexacta en la cláusula 6.1, y de cualquier obligación del Contrato que el Cedente conserve.
7.2 El Cesionario mantendrá indemne al Cedente frente a pérdidas, costes y reclamaciones, incluidos los honorarios legales razonables, que deriven del Contrato después de la Fecha de Entrada en Vigor, del incumplimiento del Contrato o de este acuerdo por el Cesionario, y de cualquier manifestación inexacta en la cláusula 6.2.
7.3 La parte que tenga derecho a que se la mantenga indemne frente a una reclamación deberá comunicar de inmediato a la otra cualquier reclamación, no podrá aceptarla ni transigirla sin el consentimiento de la otra, y prestará una ayuda razonable a costa de la parte responsable.
7.4 Ninguna de las partes será responsable frente a la otra por pérdidas indirectas o lucro cesante que no pudieran haberse previsto razonablemente. Esto no limita la responsabilidad por fraude, muerte o lesiones personales, ni por cualquier otra cosa que la ley no permita limitar.
8. Terminación y efectos
8.1 Si la Otra Parte no ha firmado este acuerdo en los 30 días siguientes a la fecha indicada al inicio, o si no se ha cumplido en la Fecha de Entrada en Vigor alguna condición exigida por la ley para la cesión, este acuerdo no surtirá efecto y el Contrato continuará entre el Cedente y la Otra Parte como antes, salvo que las partes acuerden otra cosa por escrito.
8.2 Este acuerdo no modifica los términos del Contrato, salvo que el Cesionario sustituye al Cedente. El Contrato continuará vigente y sus términos seguirán aplicándose, incluidas las cláusulas de terminación, y el Cesionario podrá quedar vinculado por cualquier cláusula del Contrato que subsista tras su finalización.
9. Disposiciones generales
- Las notificaciones en virtud de este acuerdo deberán constar por escrito y podrán enviarse por correo electrónico o entregarse en las direcciones indicadas al inicio de este acuerdo, o en otra dirección que una parte haya comunicado por escrito a las demás.
- Este acuerdo constituye el acuerdo íntegro entre las partes en relación con la cesión del Contrato. Sustituye a todo lo manifestado o escrito con anterioridad y solo podrá modificarse por escrito y firmado por las tres partes.
- Ninguna parte podrá ceder este acuerdo sin el consentimiento por escrito de las otras dos.
- Si alguna parte de este acuerdo no fuera exigible, el resto permanecerá vigente.
- La parte que no ejerza un derecho de inmediato no lo habrá renunciado.
- Cada parte mantendrá en secreto la información privada de las demás, incluidos los términos del Contrato y de este acuerdo, y la utilizará únicamente para el Contrato y este acuerdo, salvo cuando la ley exija su divulgación.
- Quien no sea parte no tendrá derecho a exigir el cumplimiento de este acuerdo.
- Este acuerdo podrá firmarse en ejemplares separados y por medios electrónicos, y en conjunto formarán un único acuerdo.
10. Ley aplicable y controversias
Este acuerdo, y cualquier controversia que se derive de él, se regirá por las leyes de Irlanda. Las partes intentarán primero resolver cualquier controversia mediante conversaciones de buena fe durante 30 días desde que una de ellas notifique por escrito la controversia.
El lugar para resolver cualquier controversia en virtud de este acuerdo es Dublín. Cómo se resuelven las disputas
Firmas
Por el Cedente: Brightwater Cleaning Ltd
Nombre y cargo: ______________
Firma: ______________
Fecha: ______________
Por el Cesionario: CleanCore Services Ltd
Nombre y cargo: ______________
Firma: ______________
Fecha: ______________
Por la Otra Parte, que presta su consentimiento a la cesión: Greenfield Properties Ltd
Nombre y cargo: ______________
Firma: ______________
Fecha: ______________