Acuerdo de transacción
Este acuerdo se celebra el 10 de noviembre de 2027 entre:
- Northgate Building Ltd, con domicilio en 5 Market Street, Dublín, D02 XY12, Irlanda; y
- Aisha Karimi, con domicilio en 42 Willow Road, Dublín, D06 AB34, Irlanda
(cada una, una «Parte» y, conjuntamente, las «Partes»).
1. Antecedentes
Las Partes han mantenido una disputa (la «Disputa»). En resumen:
Un desacuerdo sobre la calidad y el pago de la reparación del tejado realizada en 42 Willow Road en mayo de 2027.
Reclamaciones, denuncias o procedimientos ya iniciados en relación con la Disputa: La reclamación escrita de Aisha Karimi del 3 de junio de 2027 ante el organismo comercial, y su carta de reclamación previa del 20 de julio de 2027.
Las Partes desean poner fin a la Disputa de forma íntegra y definitiva, sin ningún procedimiento judicial ni ningún otro proceso formal, y sin que ello implique admisión alguna, con arreglo a los términos de este acuerdo. Cada Parte confirma que ha tenido la oportunidad de asesorarse de forma independiente sobre este acuerdo, que lo comprende y que lo firma libremente.
2. Pago de la transacción
Northgate Building Ltd (el «Pagador») pagará a Aisha Karimi (el «Beneficiario») EUR 3,200 (el «Importe de la Transacción»), como pago íntegro y definitivo de la Disputa, a más tardar el 30 de noviembre de 2027.
El pago se realizará en las siguientes cuotas, la última a más tardar en la fecha indicada anteriormente: EUR 1,600 a más tardar el 15 de noviembre de 2027 y EUR 1,600 a más tardar el 30 de noviembre de 2027.
El Pagador abonará el Importe de la Transacción en fondos disponibles, íntegramente y sin compensación ni deducción alguna,
Cuenta bancaria para el pago, o cualquier otra cuenta que el Beneficiario indique por escrito: Titular de la cuenta Aisha Karimi, IBAN IE29 AIBK 9311 5212 3456 78
El Importe de la Transacción no constituye contraprestación por el trabajo o los servicios de nadie, ni el pago de salario alguno, salvo que este acuerdo disponga lo contrario. Si la ley obliga al Pagador a practicar retenciones de impuestos o cotizaciones sociales sobre cualquier parte del mismo, el Pagador las practicará, las ingresará en la autoridad correspondiente y entregará al Beneficiario justificante del pago. Cada Parte es responsable de sus propios impuestos sobre lo que pague o reciba. Si posteriormente una autoridad tributaria reclama al Beneficiario impuestos sobre el Importe de la Transacción, el Beneficiario se lo comunicará al Pagador de inmediato y las Partes cooperarán, pero el Pagador no es responsable de los impuestos propios del Beneficiario.
3. Otras actuaciones de las Partes
Cada Parte hará cuanto razonablemente pueda para ejecutar este acuerdo y firmará cualquier documento necesario para ello.
Cada Parte también realizará lo siguiente, en las fechas indicadas: Northgate Building Ltd reparará la canaleta con fugas sin cargo antes del 15 de diciembre de 2027.
Aisha Karimi retirará su reclamación ante el organismo comercial.