Contrato marco de servicios
Este contrato se celebra el 1 de diciembre de 2026 entre:
- Harbourline Retail Ltd, con domicilio en 85 Dock Road, Liverpool L3 4BP, Reino Unido ("el Cliente"); y
- Northfield Digital Studio LLP, con domicilio en 3 Mill Lane, Leeds LS1 5AA, Reino Unido ("el Proveedor").
1. Definiciones y estructura
1.1 En este contrato:
"Servicios" son los servicios que el Proveedor presta conforme a este contrato, en general: diseño y desarrollo de sitios web, alojamiento, mantenimiento y servicios de marketing digital relacionados, y los servicios descritos en cada SOW.
"SOW" es una orden de trabajo escrita, firmada por ambas partes, que se remite a este contrato y señala los Servicios, los entregables, el calendario, los honorarios, los criterios de aceptación, las personas implicadas y las condiciones especiales.
"Entregables" son los elementos que el Proveedor debe entregar al Cliente conforme a un SOW.
"Materiales Previos" son los materiales, herramientas, software, métodos y conocimientos técnicos (know-how) de los que una parte es titular o licenciataria antes de este contrato o que desarrolla con independencia de él, incluidas las mejoras de los mismos que no sean específicas para el Cliente.
"Información Confidencial" es la información no pública que una parte comparte con la otra en relación con este contrato y que está marcada o descrita como confidencial o que una persona razonable entendería como confidencial, incluidos los términos de este contrato y de cada SOW.
"Datos Personales" es la información sobre una persona identificada o identificable.
"Honorarios" son los importes que el Cliente paga por los Servicios conforme a un SOW.
1.2 Este contrato fija las condiciones que se aplican a todos los Servicios. Cada trabajo se acuerda en un SOW, y cada SOW forma parte de este contrato. Si un SOW entra en conflicto con este contrato, prevalece este contrato, salvo que el SOW indique con claridad qué sección modifica y que ambas partes lo firman a tal efecto. Nada de lo dispuesto en este contrato obliga al Cliente a encargar Servicios ni al Proveedor a aceptar un SOW hasta que ambas partes lo firmen.
2. Vigencia
2.1 Este contrato comienza el 1 de diciembre de 2026 y dura 3 años desde la fecha de entrada en vigor, renovable por periodos de un año salvo preaviso de una de las partes, salvo que termine antes conforme a la sección 14.
2.2 La terminación de este contrato no pone fin a un SOW que siga en curso. Ese SOW, y este contrato en lo que se le aplique, continúan hasta que el SOW se complete o termine conforme a la sección 14.
3. Los servicios del Proveedor
3.1 El Proveedor prestará los Servicios:
- con una habilidad y un cuidado razonables, y conforme al estándar de un prestador competente de servicios similares;
- con personas debidamente cualificadas y con experiencia;
- conforme a cada SOW, al calendario que figure en él y a la ley aplicable; y
- conforme a las políticas escritas razonables del Cliente sobre seguridad, protección y conducta que se le hayan entregado, cuando el Proveedor trabaje en las instalaciones o en los sistemas del Cliente.
3.2 El Proveedor decide cómo se prestan los Servicios y quién los presta, dentro del SOW. Informará sin demora al Cliente de cualquier asunto que pueda afectar al calendario, al coste o a la calidad de los Servicios.
3.3 El Proveedor es un contratista independiente. No es empleado, agente ni socio del Cliente, no puede obligar al Cliente y es responsable del pago, de los impuestos, de los seguros y de los beneficios de su propio personal. Nadie de su equipo pasa a ser empleado del Cliente por razón de este contrato.
3.4 El Proveedor podrá recurrir a subcontratistas solo con el consentimiento previo y por escrito del Cliente, que no se denegará sin motivo razonable. El Proveedor sigue siendo responsable de su trabajo como si fuera propio y los vinculará a condiciones no menos protectoras que las de las secciones 8, 9 y 10.
3.5 El Proveedor no ofrecerá ni aceptará sobornos ni otros pagos indebidos, ni infringirá ninguna ley de sanciones, de control de exportaciones o anticorrupción aplicable, en relación con este contrato.
4. Deberes del Cliente
4.1 El Cliente facilitará al Proveedor, a tiempo, la información, el acceso, las decisiones, las aprobaciones y la cooperación que el Proveedor necesite razonablemente, y pagará los Honorarios conforme a este contrato.
4.2 Si un retraso del Cliente, o un cambio que este solicite, afecta al calendario o al coste, el Proveedor lo comunicará sin demora al Cliente, y las partes acordarán por escrito el efecto conforme a la sección 5. El Proveedor no incurre en incumplimiento en la medida en que su falta se derive de que el Cliente no haya cumplido sus deberes.