Contrato de préstamo de socio
Este contrato se celebra el 1 de marzo de 2030 entre Brightwater Bakery Ltd, con domicilio en 14 Harbour Street, Cork, número de registro 123456 (la «Sociedad»), y Maria Silva, con domicilio en 3 Elm Road, Cork, que posee 40 por ciento de las acciones (el «Socio»).
1. El préstamo
El Socio presta a la Sociedad EUR 50,000 (el «Préstamo»). El importe se desembolsa el 1 de marzo de 2030.
Finalidad: Para comprar un horno nuevo y pagar su instalación.
2. Intereses
4 por ciento anual, pagadero cada 6 meses
3. Devolución
Se devuelve en 20 pagos iguales cada 3 meses, a partir del 1 de septiembre de 2030, con el pago final el 1 de junio de 2035.
4. Devolución anticipada
La Sociedad podrá devolverlo anticipadamente sin penalización, en todo o en parte.
5. Garantía y prelación
El préstamo no tiene garantía. Se devuelve después de los préstamos bancarios de la Sociedad si esta se liquida.
El Socio acepta que este préstamo se devuelva solo después de que la Sociedad haya pagado sus préstamos bancarios, y firmará cualquier otro documento que el banco le pida razonablemente para confirmarlo.
6. Condiciones de la devolución
La Sociedad no devolverá el préstamo si ello la dejara incapaz de pagar sus deudas a medida que vencen.
7. Si la Sociedad no paga
Si un pago se retrasa más de 30 días, el Socio podrá notificarlo por escrito y exigir la devolución íntegra del préstamo en un plazo de 30 días.
8. Impuestos
Antes de pagar intereses, la Sociedad comprobará si debe retenerse algún impuesto donde ella o el Socio tengan su sede, y lo retendrá si procede. Las partes han recibido asesoramiento fiscal sobre este préstamo y su tipo de interés.
9. Aprobación
El consejo de administración aprobó este préstamo en su reunión del 25 de febrero de 2030
10. Compensación y cesión
La Sociedad no podrá compensar con el Préstamo ninguna cantidad que el Socio le deba, salvo que el Socio lo acepte por escrito. Ninguna de las partes podrá ceder sus derechos u obligaciones derivados de este contrato sin el consentimiento escrito de la otra.
11. Sin cambios en los derechos como socio
El préstamo no modifica las acciones ni los votos del Socio, y no le otorga ningún derecho adicional a intervenir en la gestión de la Sociedad.
12. Modificaciones y notificaciones
Las modificaciones solo serán válidas por escrito y firmadas por ambas partes. Las notificaciones se darán por escrito a las direcciones indicadas anteriormente.
13. Ley aplicable y controversias
Este contrato se rige por la ley de Irlanda. Las partes hablan primero, después acuden a mediación y, por último, a los tribunales del lugar indicado anteriormente.
14. Firmas
Por la Sociedad:
Nombre y cargo:
Firma:
Fecha:
El Socio:
Firma:
Fecha: